25-12-2024 / El Ayuntamiento de Barcelona ha resuelto la segunda convocatoria de otorgamiento de licencias de bicicletas de uso compartido, conocido como bicisharing, ya que las licencias vigentes hasta ahora vencían como máximo a finales de año.
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En este segundo concurso se ha mantenido el mismo número de licencias que en el anterior de 2020, con un total de 3.975, de las que ahora se adjudican definitivamente 3.478 entre las siete empresas solicitantes que han acreditado el cumplimiento de los requisitos.
En esta segunda convocatoria, el Ayuntamiento ha exigido a las empresas un mayor control para garantizar el civismo y la convivencia en el espacio público. En este sentido, se les ha hecho un requerimiento adicional para acreditar y demostrar cómo garantizarán que las personas usuarias estacionarán correctamente las bicicletas en los anclajes, las U invertidas, único lugar donde estará permitido estacionar los vehículos.
El incumplimiento de las condiciones de estacionamiento podrá provocar la retirada del vehículo y, en su caso, la retirada de la licencia. Además, ante este segundo proceso de adjudicación de licencias de bicisharing, el Ayuntamiento de Barcelona mantendrá los canales de comunicación necesarios con las empresas para garantizar la convivencia y el buen uso del espacio público.
De las ocho empresas solicitantes a las que se les adjudicó provisionalmente las licencias, siete acreditaron los nuevos y antiguos requisitos administrativos para poder recibir la adjudicación definitiva.
La octava dispone ahora de diez días hábiles para subsanar los defectos detectados para poder optar a la adjudicación definitiva. En caso de no ser así, las licencias adjudicadas provisionalmente a la octava empresa se repartirán según las licencias solicitadas en la convocatoria entre las otras siete, hasta un total de 3.975. Las siete empresas adjudicatarias son:
Smart Cycles SL: 497 licencias
Ridemovi SLU: 497 licencias
Cooltra Motosharing SL: 497 licencias
Boltest TXFY SL: 497 licencias
Lime Technology SL: 497 licencias
Bird Rides Spain SL: 497 licencias
Voi Technology SL: 496 licencias
A partir de ahora, las adjudicatarias disponen de un período de un mes para desplegar las flotas en el espacio público respetando siempre las condiciones fijadas por la regulación. El incumplimiento de los requisitos y/o el no despliegue de las flotas comportará la retirada de las licencias de aquellas empresas que hayan incumplido.
Condiciones de la licencia
Cada licencia tiene una vigencia inicial de dos años, que podrá prorrogarse por dos años más a criterio del Ayuntamiento de Barcelona previa petición del titular. El número total de licencias en la ciudad será revisado cada año tal y como prevé la normativa para poder realizar los ajustes necesarios, de acuerdo con la capacidad del espacio público para absorber esta tipología de movilidad.
El otorgamiento de la licencia va condicionada al pago de la correspondiente tasa municipal prevista. Los vehículos con licencia tendrán que disponer de un número de identificación único y visible para cada vehículo.
Los principales objetivos de la regulación son: preservar y proteger el espacio público de la ciudad, con especial protección al peatón; promover una movilidad más sostenible, eficiente y segura en la ciudad; reducir las emisiones locales, la contaminación atmosférica, el ruido y el impacto visual de la ocupación del espacio público con vehículos; reducir el número de accidentes y la gravedad; reducir el uso del vehículo privado; apostar por una movilidad más flexible y con velocidades más reducidas; y favorecer el intercambio modal entre el transporte público y los sistemas de sharing. Otro de los puntos destacados es establecer unas condiciones de despliegue que eviten la concentración de la actividad en las zonas más céntricas de la ciudad.
Para la obtención y mantenimiento de la licencia se establecen unos deberes y obligaciones de las sociedades titulares:
1.- Respetar la normativa vigente en materia de seguridad vial, circulación, estacionamiento y ocupación de la vía pública así como el resto de la normativa legal y administrativa.
2.- Disponer de los seguros de responsabilidad civil para cubrir los daños que puedan ocasionarse a terceras personas y al dominio público. Estos seguros deben mantenerse durante toda la duración de la licencia.
3.- Prohibición de enajenar, ceder o transmitir las licencias otorgadas.
4.- Prohibición de participar en el proceso de adjudicación a empresas de un mismo grupo.
5.- Constituir una garantía para asegurar el buen cumplimiento de las condiciones de la licencia, que se establece en un 10% del importe de la tasa por el conjunto de vehículos.
6.- Facilitar en el Ayuntamiento los datos relativos a la geolocalización de todos los vehículos en tiempo real durante las 24 horas del día en formato accesible.
7.- Reubicar correctamente los vehículos cuando se detecte que están incumpliendo las obligaciones en materia de estacionamiento en el plazo de 24 horas.
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8.- Garantizar el aparcamiento de bicicletas exclusivamente en los espacios previstos de acuerdo con la normativa vigente es decir anclados en los aparcamientos en forma de U invertida, dispuestos en el espacio público por el Ayuntamiento, indicando cuáles son los mecanismos de geolocalización, con una descripción de su funcionamiento.
9.- No concentrar más del 50% de la flota de cada operador en la zona centro por un período superior a dos horas consecutivas.
El Ayuntamiento de Barcelona aparte de actuar en caso de no cumplimiento de los deberes y obligaciones, también podrá: comisar vehículos si, extinguida la licencia, la persona titular sigue haciendo uso del espacio público; revocar la licencia antes de la finalización de su plazo si la persona titular no hace uso de la misma durante un período superior a 30 días; o revocar la licencia antes de la finalización si lo justifican circunstancias de interés público.
Las sanciones por incumplimiento de las condiciones de uso del espacio público serán de 750 euros. En caso de incumplimiento, además también se podrá proceder a la incautación de la garantía, que se establece en un 10% del importe de la tasa por el conjunto de los vehículos.