17-11-2024 / El Gobierno municipal llevará la modificación de la Ordenanza de circulación, peatones y vehículos (OCVV) a aprobación definitiva en el próximo Plenario del Consejo Municipal. La nueva norma pone orden respecto a los vehículos de movilidad personal (VMP) y su comportamiento en la movilidad de la ciudad.
Además, persigue preservar las aceras como espacio peatonal, a la vez que contribuye al fomento de los modos sostenibles y activos de transporte.
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La OCVV es la normativa que establece la regulación de la circulación en la ciudad de Barcelona, en coherencia con el marco normativo estatal. Sin embargo, desde la última modificación de esta normativa municipal, realizada en 2017, el marco normativo estatal ha evolucionado en diversos aspectos, principalmente en referencia a los VMP. Con la voluntad de actualizar la normativa municipal, el texto que llevará a aprobación definitiva el Govern recoge las garantías necesarias de convivencia, seguridad vial y de protección de los peatones.
En rueda de prensa, la primera teniente de alcaldía, de Urbanismo, Transición Ecológica, Servicios Urbanos y Vivienda, Laia Bonet, ha remarcado que “buscamos principalmente regular a los VMP, un nuevo actor en escena en la movilidad en la ciudad y es necesario poner orden en su comportamiento”. «Teníamos una ordenanza de 2017, y desde entonces la movilidad ha cambiado mucho, teníamos que adaptarnos a la normativa estatal ya la realidad de la ciudad de Barcelona», ha señalado Bonet.
La propuesta de modificación seguirá ahora su tramitación, con el dictamen en la próxima sesión de la Comisión de Ecología, Urbanismo, Movilidad y Vivienda el próximo martes, 19 de noviembre, y la votación en el Plenario del día 29 del mismo mes.
VMP: casco obligatorio y una regulación más clara
La nueva ordenanza persigue especialmente una regulación más clara de los VMP. Principalmente, la propuesta de modificación de la OCVV define a los VMP como vehículos unipersonales, por lo que sólo podrá circular por ella una persona sola, y señala los elementos de seguridad imprescindibles: el uso de casco obligatorio y que el vehículo disponga de luces delanteras y traseras.
Cabe recordar que la normativa vigente prohíbe el uso de VMP a menores de 16 años y limita su uso a carril bici ya calles con límite de velocidad 30Km/h o inferior. En este sentido, la modificación de la OCVV clarifica las condiciones de circulación, prohibiendo la circulación por las calles 50 y definiendo la velocidad máxima de 25 kilómetros por hora, que se reduce a 10 en los carriles bici en acera.
Preservar las aceras peatonales
La voluntad del Gobierno municipal en la modificación de la ordenanza es la de preservar la acera peatonal, por lo que el nuevo texto prohíbe la circulación por las aceras tanto en las bicicletas y en los VMP, dejando este espacio como exclusivo para a la movilidad a pie.
Esta medida se hará de manera compatible con la protección de la infancia y no aplicará en el caso de los niños, ya que los menores de 12 años y las personas adultas que los acompañen sí podrán circular en bicicleta por las aceras, cosa que se ampliaría a los 14 años en aquellas calles que no disponen de carril bici.
Igualmente en aquellas calles sin carril bici, podrán circular por la acera personas adultas que transporten a personas menores de edad. El transporte de menores de edad sólo lo podrán realizar mayores de edad y siempre con sistemas de remolque o sillitas homologadas al peso del menor.
También se podrá circular por aquellos espacios peatonales habilitados para la circulación ciclista. En cualquier caso, la propuesta normativa también contempla la obligatoriedad de los usuarios de bicis y VMP de bajar del vehículo en situaciones de aglomeración de peatones.
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Nuevas restricciones de estacionamiento de motos en las aceras
En la línea de preservar las aceras peatonales, la propuesta de modificación de la OCVV establece de manera estructural que las motos no puedan estacionar en la acera de entornos escolares o de centros hospitalarios, como medida para mejorar la convivencia y dar prioridad a los peatones en la entrada, salida y estancia en estas zonas especialmente sensibles.
Igualmente, la nueva ordenanza prevé prohibir explícitamente el estacionamiento en los espacios adyacentes a los estacionamientos de bicicletas, en los vados peatonales, en los carriles bici y cuando obstruya la utilización de contenedores. Asimismo, también incorpora la prohibición de atar estos vehículos a los árboles, semáforos, bancos, contenedores, papeleras y marquesinas de transporte, así como otros elementos de mobiliario urbano cuando se dificulte el paso de peatones o el destino o funcionalidad del elemento.
Fomento de la ciclologística y del reparto de última milla
Por otro lado, el nuevo texto también plantea condiciones específicas de utilización del espacio público para los ciclos y VMP utilizados para la distribución urbana de mercancías, con el objetivo de mejorar las condiciones en las que operan los ciclos y VMP que se dedican a ello.
Con la nueva norma, estos vehículos podrán utilizar los espacios habilitados para la carga y descarga con las mismas condiciones que el resto de vehículos a motor. Ciclos y VMP que se dedican a la DUM también podrán detenerse en los espacios en acera donde se permite el estacionamiento de motos, siempre que no exista un espacio habilitado para este fin.
Como última novedad respecto a la infraestructura ciclista, el nuevo texto también recoge la prohibición explícita de realizar carga y descarga por parte de cualquier vehículo en un carril bici.