5-7-2022 / El Govern de la Generalitat ha aprobado hoy el Decreto ley relacionado con el alquiler de vehículos con conductor. El texto permitirá que los vehículos de transporte con conductor (VTC) puedan seguir prestando servicios urbanos en Cataluña a partir del 30 de septiembre.
Es la fecha en la que decae el Real Decreto Ley 13/2018 del gobierno español, que regula la movilidad de estos vehículos en las ciudades.
A partir de ese día, la competencia pasa a manos de las comunidades autónomas. El nuevo texto aprobado por el Govern, por tanto, hará posible que los vehículos sigan trabajando en el Área Metropolitana de Barcelona, que se considera urbana.
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El Decreto ley tendrá una vigencia de dos años prorrogable a otros dos, hasta poder disponer de una nueva ley. Ahora, una vez que el Decreto está aprobado por el Govern, el Parlamento tiene un mes para convalidarlo.
Requisitos
Los ayuntamientos y el Área Metropolitana de Barcelona, como ya ocurre actualmente, serán los encargados de otorgar las autorizaciones de las VTC. Será una autorización catalana con nuevos requisitos:
1.- Habrá que ser titular de una autorización de VTC domiciliada en Cataluña, con un vehículo que haya sido adscrito durante al menos el último año.
2.- Las VTC tendrán que disponer de un seguro que cubra hasta la cuantía de 50 millones de euros la responsabilidad civil por daños que puedan sufrir los viajeros, análoga al seguro requerido a los taxistas.
3.- Los conductores deben estar en posesión del permiso de conducción de la clase B o superior con al menos dos años de antigüedad.
4.- Los ayuntamientos podrán exigir a los conductores formaciones específicas relacionadas en el ámbito territorial.
5.- La longitud mínima de las VTC será de 4,90 metros y, en el caso de vehículos nuevos, sólo se admitirán con los distintivos 0 y ECO.
La reglamentación, en el mismo sentido, mantiene y refuerza requisitos ya vigentes, como:
1.- Ha de transcurrir un intervalo de tiempo mínimo de 15 minutos entre la contratación y la prestación del servicio
2.- Los VTC no pueden circular por las vías públicas en busca de clientes ni propiciar la captación de viajeros que no hayan contratado previamente el servicio.
Régimen sancionador
El nuevo decreto incorpora un régimen sancionador con multas que van desde los 201 euros a los 6.000 euros.
El texto contempla sanciones de hasta 2.000 euros y la inmovilización del vehículo para aquellas VTC que trabajen con una autorización de fuera de Cataluña o que no respeten el tiempo de 15 minutos entre la contratación y la prestación del servicio.
Habrá sanciones de hasta 4.000 euros y la inmovilización del vehículo para las VTC que recojan clientes sin previa contratación o que circulen en busca de clientes. Las multas podrán alcanzar los 6.000 euros en caso de trabajar sin autorización.
La reincidencia de infracciones puede acabar con multas entre 2.001 y 6.000 euros o con la retirada de la autorización.
Cerca de 1.500 VTC
En Cataluña existen unas 4.000 autorizaciones de VTC. De éstas, existen entre 2.500 y 3.000 que han tenido un vehículo adscrito en los últimos tiempos, pero sólo 1.455 están realmente activas y están prestando servicio actualmente. Hay 12.300 taxis en toda Cataluña, de los que 10.500 son de Barcelona.
Entre febrero y marzo de este año, los vehículos VTC prestaron 577.000 servicios en Catalunya. En el mismo período, las VTC han prestado en Madrid 2.900.000 servicios.
No ha gustado a Cabify
El decreto ha sido duramente criticado por la empresa de VTC Cabify ya que contiene varias medidas que son restrictivas, como la longitud del vehículo, 4,90 metros, que implica que el automovil ha de ser de lujo o bien una furgoneta.
La postura se Cabify se puede conocer en este enlace y en este otro enlace.