7-4-2020 / El Ayuntamiento de Barcelona ha ampliado la moratoria en el pago de las cuotas de las viviendas y locales comerciales que gestiona a través del Instituto Municipal de la Vivienda y la Rehabilitación (IMHAB) que aprobó mediante el decreto de alcaldía de 28 de marzo.
Esta ampliación se refiere tanto al plazo de suspensión del pago inicial, que se alarga un mes, como con respecto al periodo de prorrateo posterior que pasa de los 18 meses previstos inicialmente a los 36 del nuevo decreto que se publica hoy.
Así pues, el Ayuntamiento no cobrará las cuotas de alquiler ni tampoco las cuotas de otras formas de tenencia de viviendas (como las hipotecas de los pisos de promoción pública en propiedad) de su parque público durante los meses de abril, mayo, junio y julio, es decir, durante los próximos 4 meses.
Esta ampliación de los plazos y demás modificaciones introducidas en el nuevo Decreto de Alcaldía, se llevan a cabo para adecuar estas medidas con las que establece el Decreto Ley 11/2020, aprobado por el Gobierno de España el 31 de marzo de 2020, y por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para la Covidien-19, y que está vigente desde el día 2 de abril.
Para beneficiarse de esta medida no habrá ninguna solicitud previa por parte de las personas que puedan acogerse, dado que se ha hecho extensiva a la totalidad del parque municipal público, a excepción del colectivo de personas grandes que, a priori, al tener garantizada la pensión, no pueden caer en la situación de vulnerabilidad que define el Decreto ley estatal. El objetivo es simplificar al máximo la aplicación de las decisiones tomadas para paliar los efectos económicos provocados por la crisis sanitaria de la Covidien-19 y la consecuente declaración del Estado de Alarma.
La ampliación de la moratoria, pues, queda recogida en un nuevo Decreto de Alcaldía que modifica la anterior, que se publica hoy, y que tendrá efectos inmediatos. Este nuevo decreto ordena lo siguiente:
1.- Suspensión de la emisión de los recibos y el cobro de las cuotas de alquiler de las viviendas de su parque público sometidos a contratos de alquiler, durante los meses de abril, mayo, junio y julio.
2.- Suspensión de la emisión de los recibos y el cobro de las cuotas de amortización para el pago de las viviendas de promoción pública y en régimen de propiedad promovidos por el Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación, durante los meses de abril, mayo , junio y julio.
3.- Suspensión de la emisión de los recibos y el cobro de las cuotas de alquiler de los locales de su parque público sometidos a contratos de alquiler, durante los meses de abril, mayo, junio y julio.
4.- En todos los casos, el pago de los importes de estas mensualidades a que se aplica la suspensión abonará prorrateado en los siguientes 36 meses, entre los meses de agosto de 2020 y julio de 2023, ambos incluidos, y siempre dentro del plazo a lo largo del cual continúe la vigencia del contrato de alquiler o de cualquiera de sus prórrogas o de la vigencia del contrato de préstamo hipotecario.
5.- Quedan excluidos de esta moratoria, con carácter general, las viviendas con servicios para las personas mayores.
Así pues, los usuarios beneficiarios de estas medidas pasan a ser la alrededor de 10.000 familias.