Barcelona 12-9-2019 / El Ayuntamiento de Barcelona se ha dotado de las herramientas necesarias para poder sancionar y requisar los vehículos de movilidad personal (VMP) de las empresas de uso compartido que no disponen de licencia y que estacionan en espacios reservados a otros servicios.
En este sentido la Guardia Urbana ha iniciado esta semana un dispositivo con el objetivo de sancionar y requisar los VMP de uso compartido que utilizan el espacio público sin licencia, tal y como prevé la Ordenanza de uso de las vías y espacios públicos.
El cuerpo de policía barcelonés también ha intensificado el control de estos patinetes de uso compartido con un refuerzo en la vigilancia de la circulación.
La Ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos prevé cómo deben circular los vehículos de movilidad personal de uso comercial en la ciudad:
– Los conductores deben llevar casco.
– Los vehículos deben estar registrados y tener seguro.
– Deben cumplir con las normas de circulación correspondientes al tipo de vehículo.
– Deben circular por aquellos espacios que marca la ordenanza de circulación.
Esta intensificación para hacer cumplir la norma en cuanto a la circulación y estacionamiento de patinetes en el espacio público responde a la voluntad del Ayuntamiento de seguir trabajando para la elaboración de la regulación de estos vehículos de uso compartido y en la ordenación del espacio público.
Así, ya se han iniciado los trabajos para la elaboración de su regulación con las primeras reuniones con las empresas operadoras y próximamente se trabajará en el marco del Pacto por la Movilidad.
El Ayuntamiento presentará este mes de septiembre un documento de trabajo para elaborar la primera propuesta de regulación, como se hizo con la normativa de motocicletas y bicicletas de uso compartido.
En este sentido, hay que destacar la buena predisposición de la mayoría de las empresas a trabajar de forma conjunta participando en la mesa de trabajo impulsada desde el Ayuntamiento, pues no vulneran la Ordenanza de Circulación de Vehículos y respetan el tiempo necesario para elaborar la normativa antes de poner en circulación los patinetes.
El Ayuntamiento de Barcelona tiene una normativa pionera para regular la circulación de vehículos de movilidad personal a motor y los ciclos de más de dos ruedas, que se aprobó en el año 2017 con una modificación de la Ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos . En ese momento se establecieron en qué condiciones tienen que desplazarse por la ciudad estos vehículos, los patinetes, las ruedas eléctricas, los segways y los triciclos, entre otros.
Los patinetes eléctricos pueden circular por las siguientes vías, siempre con respecto a la prioridad de los peatones, adecuación de la velocidad a su paso y sin maniobrar de forma que pueda poner en riesgo la seguridad de las personas:
– Carril bici en acera a un máximo de 10 km / h.
– Carril bici en calzada a un máximo de 30 Km / h, con obligación de reducir la velocidad en los pasos de peatones.
– Calzada zona 30, siempre que la velocidad máxima del vehículo supere los 20 km / h.
– Parques un máximo de 10 km / h respetando la prioridad del peatón.
Fotos: Ayuntamiento de Barcelona