El pleno del Ayuntamiento de Barcelona aprueba la ordenanza de terrazas

Barcelona 29-6-2018 /  El pleno del Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado hoy definitivamente, con los votos a favor de todos los grupos y el voto contrario de la CUP, la nueva ordenanza que regula las terrazas. La normativa se adapta a las necesidades del vecindario y los restauradores.

El objetivo es garantizar la accesibilidad, el equilibrio entre el uso ciudadano del espacio público y la actividad económica y corregir las disfunciones que se han generado con su aplicación. Se trata, en definitiva, de regular correctamente una figura muy arraigada y característica del entorno urbano de Barcelona como son las terrazas.

Desde que la modificación se aprobó inicialmente el pasado mes de febrero, se ha llevado a cabo un proceso participativo para dar a conocer la norma entre la ciudadanía y el sector y recoger aportaciones. El Gobierno municipal ha dado respuesta a las propuestas y alegaciones recibidas durante este proceso, y en el texto definitivo ha incorporado cambios para reforzar la accesibilidad, como que las terrazas también deberán mantener una distancia adecuada respecto a la señalización podo táctil para personas ciegas y con deficiencias visuales.

En cuanto al contenido de la modificación, se plantean criterios generales para toda la ciudad y, al mismo tiempo, se tienen en cuenta las singularidades y especificidades de los distritos y las características propias de cada territorio a la hora de ubicar las terrazas.

Condiciones de accesibilidad de las terrazas en el espacio público

– Las terrazas deberán respetar el espacio libre necesario para garantizar la accesibilidad universal y la seguridad, según las normativas sectoriales correspondientes. En este sentido, habrá que respetar una distancia libre de paso de 1,80 metros después de la fachada.

– La ubicación de las terrazas frente al local establece como preferente, si bien se podrá flexibilizar en los casos donde se considere necesario. También se incorpora la posibilidad de aumentar la longitud de las terrazas, siempre de forma justificada.

– Las distancias mínimas en relación a los elementos urbanos serán orientativas, y se detallarán en un anexo de la ordenanza. No obstante, las terrazas no podrán impedir o dificultar la utilización de los servicios públicos, el uso y el mantenimiento del mobiliario urbano, la visualización de las señales de tráfico y el acceso a establecimientos y edificios privados.

– En las calles de acera diferenciada, se mantendrá libre orientativamente un 50% de la anchura total de la acera, preferentemente entre la fachada y la terraza. De manera justificada, se podrá adoptar otra distribución del espacio libre, manteniendo libre entre el 40 y el 60% de la anchura.

– Excepcionalmente, en el caso de terrazas emblemáticas adosadas a la fachada, se promoverá un trabajo conjunto entre restauradores y el Instituto Municipal de Personas con Discapacidad (IMPD) para definir propuestas de solución.

Singularidades territoriales

La ordenanza contiene ahora regulaciones generales para toda la ciudad y al mismo tiempo es lo suficientemente flexible como para poder adaptarse a las singularidades de cada distrito. En este sentido:

– Se crea la figura de las Zonas de criterios territoriales, con la que el Ayuntamiento, de forma excepcional, podrá concretar para un territorio concreto algunos aspectos ya recogidos en la ordenanza, entre ellos los porcentajes de ocupación del espacio público.

– También se crean las Zonas de excelencia para mejorar la calidad de la oferta existente en espacios destacados de la ciudad. En estos espacios, las terrazas deberán cumplir con unos estándares superiores de calidad en cuanto al diseño, la integración con el entorno y las condiciones de mantenimiento, mediante un libro de estilo que fijará los criterios del ámbito. Se basarán en un acuerdo entre el Ayuntamiento y los titulares de las licencias en una determinada zona y aprobarán vía Comisión de Gobierno.

Mobiliario y servicio

Se han trabajado los siguientes criterios en cuanto a mobiliario y servicio:

– Las estufas se permitirán en temporada de invierno, y se limitará la potencia. Se promoverá la reducción de la presencia de estufas de combustión con el horizonte de su prohibición definitiva en 2025.

– No se admitirán terrazas con autoservicio y exigirá que los trabajadores cumplan los convenios laborales vigentes.

– Se mantienen los horarios actuales: de domingo a jueves, de 8:00 a 0: 00h, y viernes y vísperas de festivos, de 8:00 a 01: 00h.

Fotos: Ayuntamiento de Brcelona y Barcelonaaldia.com

Contacto: barcelonaaldia21 (arroba) gmail.com

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